martes, 23 de octubre de 2012

Las violaciones en la provincia de Salta


Por la prensa escrita (Página 12, “La cultura impuesta”, edición del 21 de octubre pasado) nos venimos a enterar que entre los wichis  “las parejas sexuales se establecen por iniciativa de la mujer; si un hombre toma la iniciativa, se está comportando como una mujer y eso no es aceptado”
Esto lo afirmó el antropólogo inglés John Palmer, educado en Oxford, quien vino de esas lejanas tierras a estudiar las costumbres de los wichis y 
terminó viviendo entre ellos, seguramente luego de que una mujer wichi lo señalara con el dedo índice tomando la iniciativa, como se ve.
A decir verdad, la costumbre no parece tan estrambótica, si tenemos en cuenta que entre nosotros sucede algo parecido aunque no nos demos cuenta, es decir, lo tomamos como algo de lo más natural. No menos natural que observar a los otros, los diferentes, e intentar describirlos. 
Lo hicieron los viajeros. Borges inmortaliza a R. Burton, un inglés del siglo XIX que escribía doce libros al mismo tiempo, viajó por todos los dominios británicos, tradujo “Las mil y una noches” en versión victoriana y reconoció haber comido carne humana en África. Levy-Strauss recorrió el mundo periférico y descubrió que los europeos eran superiores. Margaret Mead se instaló en Samoa y anotó que las costumbres de los isleños eran menos neuróticas que las de los ciudadanos protestantes de EEUU. Freud descubrió en distintas culturas del Pacífico (como la que ilustra la foto) que el Edipo (de raíz mediterránea, como lo ha probado Robert Graves) era universal porque se encontraba, a su manera, en todas las culturas que describía.
Los viajeros japoneses de la actualidad no se toman tanto trabajo y se limitan a sacar fotos.
La opinión sobre la iniciativa aparece en el documental “Culturas distantes”, de Ulises Rosell, que se emitió por el Canal Encuentro y luego produjo un encuentro académico en la Universidad de Palermo, donde también se discutieron las alternativas de un juicio que se ventila en los tribunales de Salta sobre un respetable señor que tenía dos esposas, una de ellas su propia hijastra y de 12 años.
La comunidad wichi donde vivía el imputado de nombre Qa’tu (no me parece la grafía correcta, más bien sospecho que es la transcripción al inglés que produjo el antropólogo, y su traducción literal al castellano, el escandaloso idioma de la cultura dominante) no entiende ni entendió por qué Qa’tu fue apresado, y en sus propias significaciones lo dio por desaparecido o muerto por lo que incendió su vivienda y se repartió sus pertenencias.
Esto sucede en Argentina, y lo que los académicos presentes en la Universidad de Palermo sugirieron es que en la justicia deben reconocerse los derechos de los originarios a tener sus propias costumbres. Una abogada del panel refirió que "en la sentencia a Qa'tu se dieron por supuestas las normas de la cultura dominante"

El único ser razonable, en medio de tanta confusión mental, fue el juez  Carlos Rozanski, presidente del Tribunal Federal Oral Nº 1 de La Plata: “si se admite que el abuso infantil es aceptable en una determinada cultura, se abre la puerta para admitirlo en otros casos, como ya ha sucedido para cuando se dan condiciones sociales de iniciación sexual temprana”.
“Los argumentos que pretenden exculpar a un acusado de violar a una niña sobre la base de supuestas costumbres aborígenes son basura”, afirmó, consultado por Página 12. “No hay duda de que los pueblos originarios tienen su propia cultura y esto debe ser respetado, pero hay derechos de integrantes de esas comunidades que no pueden ser dejados de lado en nombre de esa cultura.
“Una característica del abuso sexual infantil es la ‘normalización’: el abusador le dice a su víctima que es normal que tenga relaciones con su padre o con su tío. Y no son wichí: son abusadores comunes, y un argumento que usan para convencer a la criatura, sin necesidad de amenazarla, es que es ‘normal’. Y la noción de que en esa comunidad aborigen la adultez empieza con la primera menstruación es una basura que inventan para intentar darle una cobertura teórica: una criatura de 13 o 14 años es una niña, y el derecho internacional ha ratificado la Convención de los Derechos del Niño.”
“Además –destacó Rozanski–, cuando se sostiene que el abuso es aceptable por provenir de una determinada cultura, esto es inmediatamente transferido a la normalización de otras situaciones de abuso. Hoy es la comunidad wichí, mañana será un grupo familiar que puede estar integrado del mismo modo: una mujer, su concubino y una criatura que no es forzada en forma física sino que lo eligió ‘libremente’. Es un delito gravísimo, por más que se intente encontrarle una justificación cultural”.
“En cuanto a que el abusador estuviera brindando protección a madre e hija, sucede que la inmensa mayoría de los abusos infantiles tienen lugar en el seno del grupo familiar, donde efectivamente el hombre está proveyendo alimento y recursos a su familia. Entonces, el argumento no es válido, ni para los no wichí ni para los wichí”, concluyó Rozanski.

Quienes reclaman por los derechos de los originarios tienen todo el derecho a hacerlo, pero deberían anotar que esta nueva demanda cultural surgió, acaso inocentemente, al mismo tiempo que las corporaciones multinacionales propiciaban la quiebra de los Estados nacionales.
La reivindicación del derecho de los pueblos originarios puede tener muchas derivaciones si por ejemplo, estamos obligados a aceptar, por esto de la multiculturalidad, que los machos alfa de un pueblo extraigan el corazón palpitante de los vencidos en un partido de futbol para comerlo y así adquirir su habilidad para patear penales; o si los jíbaros amazónicos, que también son originarios, colonizaron en su época algún territorio de la actual Argentina. No siempre los originarios se comportaban pacíficamente según el paradigma del buen salvaje que bien describió Rosseau: a veces eran imperialistas y reducían brutalmente a los dominados.
Es posible que los reducidores de cabezas hayan llegado a la Universidad de Palermo: no debe extrañarnos, Patricia Bullrich es asidua concurrente a sus charlas
académicas.  

lunes, 22 de octubre de 2012

LA NENA VIOLADA EN VILLEGAS: ALGO HABRÁ HECHO, O EL SENTIDO COMÚN EN ARGENTINA

La lectura de la sentencia del Tribunal Criminal 1 de Trenque Lauquen que condenó a 3 jóvenes adultos por abuso sexual a una nena de 14 años es un ejemplo pavoroso de que ese “algo habrán hecho” forma parte del sentido común de Argentina, punto de partida de la teoría de los dos demonios.

Si el hecho no se hubiera subido a youtube, haciéndose por todos conocidos, la conducta de la víctima hubiera quedado en su historia psicológica, su trauma como dicen, y la de los victimarios como una anécdota viril para contar entre amigos. Pero no es esto lo que interesó a los magistrados, quienes dejaron la responsabilidad sobre la publicación en el terreno de la duda.
No, los jueces comenzaron por evaluar minuciosamente la conducta anterior de la víctima con el argumento (¿atenuante?) de que no había existido violación, y si bien en todo momento se referían al estado de indefensión, fundado en un peritaje firmado por una licenciada en psicología, dejaron claro que de última, y para decirlo con todas las palabras, había existido consentimiento.
Ese consentimiento se armaba, en el sentido común de los señores magistrados, a partir de las varias experiencias sexuales anteriores (descriptas con lujo de detalles) que había tenido la víctima, sugiriendo que en realidad la damnificada buscaba afecto en unos padres ausentes por estar éstos dedicados con exclusividad al arte de hacer plata, y que esa ruptura de contención y límites había generado también dentro de la familia, con sus hermanos varones mayores, una situación de promiscuidad.
La víctima perfecta, y para qué dar más detalles.
No olvidemos que en General Villegas hubo un caceroleo protagonizado por unas 300 personas, a pocos días de conocerse el hecho, quienes exigían la libertad de los imputados y ahora condenados.
En ese marco, era lógico que la condena rozara los mínimos exigidos por la ley 25087 incorporada al Código Penal como art. 119 y siguientes, que pena los delitos de índole sexual. Pero ésta será una discusión de juristas y del programa de Mauro Viale.
Los medios nos traen un número creciente de noticias caracterizadas como delitos de género. Algunos llegan al extremo de considerar que toda violencia contra la mujer es uno de ellos, delito en apariencia infrecuente con víctimas varones. En este último caso, los opinadores dudan porque sin damos como cierto que la mujer es la víctima histórica de su condición de género, la condición masculina parece estar bajo sospecha.
Sin adentrarse en estas cuestiones, que responden a movimientos profundos de la cultura occidental, y por las cuales hoy está bastante bien visto avanzar en los derechos sexuales pero es peligroso internarse en los derechos económicos, sociales y nacionales; ni en la necesidad de poner la lupa sobre el más conservador de los poderes del Estado argentino, el judicial, esta sentencia es un ejemplo de los límites que tiene un poder político cuando la sociedad no acompaña sus cambios.
Nunca, en ninguna época de la Argentina, se ha hecho tanto por incorporar derechos de minorías.
Nunca, como ahora, se encaró un tema como el del aborto, considerado desde siempre como algo que se esconde bajo la alfombra. Nunca, como ahora, se avanzó en la persecución de los delitos de trata de personas, y en asegurar la identidad sexual. Todo esto, desde el poder público.
Esto no significa que el poder político, el Gobierno, sea el responsable de que estos cambios no se produzcan en la sociedad, porque es poco lo que éste puede hacer desde las estructuras del Estado, y con todo, es mucho lo que se hace sin ton ni son: registros a distintos niveles aislados entre sí, unidades de investigación sin capacidad operativa, contención asistencial anarquizada por la ejecución de distintos programas no necesariamente armonizados; y publicidad, un recurso superficial e incapaz de desarraigar costumbres consuetudinarias.
¿Entonces, por dónde empezar? Estoy tentado de citar a Ortega y Gasset (“argentinos, a las cosas”), pero se me va a acusar de cualquier cosa.

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