Leemos en http://poesiayramosgenerales.blogspot.com.ar/2016/02/funcionario-extranjero-dehl-jpmorgan.html de Nando Bonatto
Un miembro del JP Morgan formará parte del gobierno de Macri como jefe de asesores del ministro de Hacienda Prat Gay.
Una nueva estrella del firmamento financiero global acaba de desembarcar en el Gobierno Nacional: se trata de Vladimir Werning, Director ejecutivo y jefe para Latinoamérica de JP Morgan.
El mismo Werning le confirmó a Infobae que dejará el banco estadounidense para unirse al Ministerio de Economía como jefe de asesores del ministro Prat Gay. El especialista, dice el portal: “(Prat Gay) goza de alta reputación en Wall Street”.
En una entrevista en el diario español El Mundo, Wening, asegura que los países emergentes como el nuestro deben si o si, promover un ajuste y bajar el consumo para sortear la “crisis” global.
Continua el economista: “Creo que varios Gobiernos tenían esa
impresión a principios de año. Los precios son volátiles e igual que
sorprenden a la baja podrían eventualmente rebotar. Pero, con el ajuste
de precios internacionales más reciente y la incertidumbre sobre China,
ha aumentado la conciencia de los funcionarios sobre la mayor
probabilidad de escenarios difíciles para el crecimiento. Reconocer un
diagnóstico más realista es sólo la mitad del desafío; el siguiente paso supone aplicar ajustes, lo que no es sencillo.
En la época de bonanza se hicieron muchas promesas, se extendieron
derechos económicos que ahora se perciben como adquiridos y creció el
tamaño del Estado del bienestar.
Reajustar las expectativas a la realidad es políticamente incómodo.”
“Los datos del segundo trimestre muestran contracciones en las tres
regiones emergentes. Eso sí: la caída de los precios de materias primas
afecta negativamente a América Latina y debería beneficiar a la Asia
emergente. Así, el ajuste de Asia resulta relativamente más
sorprendente. En América Latina, a diferencia de la crisis de 2008-2009,
no hay espacio para relajar la política monetaria
-debido a inflación alta o a los déficit de cuenta corriente- y tampoco
la fiscal -por el alto nivel de gasto y la pérdida de recursos debida a
la caída de los precios de materias primas-. Así que la inversión está
deprimida y, debido a los déficit por cuenta corriente, hay poco espacio
para que rebote. La única opción es que se modere el consumo,
y en esa transición se encuentra hoy la región. Encima, estas economías
también están en un proceso de ajuste de costos en dólares, pues perdieron mucha competitividad por la inflación generada por las políticas procíclicas fiscales y monetarias de años pasados.”
martes, 2 de febrero de 2016
MILAGRO SALA. SECUESTRO LEGALIZADO
Por Raúl Eugenio Zaffaroni
A veces se hace necesario recapitular y explicar. En el caso de la
detención de Milagro Sala, que va adquiriendo la dimensión de un
escándalo institucional sin precedentes en los treinta y dos años de
vida constitucional continuada que por suerte tenemos, es menester
hacerlo, aunque la explicación requiera meterse en cosas algo técnicas,
pero que el público debe conocer.
1) La detención la decide una Justicia cuya cabeza –el Superior Tribunal
de la Provincia– se amplió en una sesión nocturna de la Legislatura.
Dos de los diputados del oficialismo que votaron la ampliación fueron de
inmediato nombrados jueces del Superior Tribunal “autoampliado”. Estas
cosas no las hizo ni Menem en sus mejores tiempos, pues no se puede
negar que en general fue mucho más prolijo.
2) Se la detiene por orden de un juez que, de inmediato, pide licencia.
La imputa por el delito del art. 194 del código penal, es decir, por
“impedir, estorbar o entorpecer el normal funcionamiento de los
transportes por tierra”.
Este artículo fue introducido en 1968 por una ley “de facto” de Onganía,
sin indicación de fuente ni referencia a derecho comparado, y reemplaza
el antiguo texto original del código que penaba el levantamiento de
rieles ferroviarios.

El mismo artículo requiere que no
produzca “peligro común”, o sea, riesgo de catástrofe, porque en tal
caso configuraría un delito contra la seguridad pública. Pero esto no
significa que no requiera la producción de algún peligro, dado el
antecedente del “levantamiento de rieles”.
No se trata de penar una simple molestia que puede ser motivo de una
contravención provincial o municipal, sino cualquier peligro que no sea
de catástrofe, pero que en el caso debe ser de vida o integridad física
de alguien, porque levantar un riel de ferrocarril puede no producir el
riesgo de una catástrofe, pero siempre implica un cierto riesgo para la
vida o la integridad de alguna persona.
En este caso no hay riesgo alguno para nadie, porque lo único que se
perturba es el transporte urbano, que deberá circular por otras
arterias.
Aplicar literalmente el texto del artículo 194, sin tomar en cuenta el
derecho a la protesta pública, considerando que toda reunión de personas
perturba de alguna manera la circulación de personas y vehículos,
implicaría cancelar el derecho constitucional de reunión y de petición
colectiva.
Pero la perturbación del tránsito urbano no la produce Milagro Sala,
sino miles de personas. Aun cuando esos miles de personas de reúnan en
las aceras, obligarían a los transeúntes a circular por las calzadas y,
por ende, perturbarían la circulación y estarían cometiendo un delito.
Esto es así porque el cuerpo de cada uno de nosotros ensucia o molesta,
perturba, y muchos cuerpos juntos más aún, pero los humanos, individual o
colectivamente, hasta hoy y en esta tierra, no podemos prescindir de
nuestros cuerpos.
Tomar literalmente este artículo implica, pues, prohibir la reunión de personas.
3) Como esto es bastante endeble, se le imputa el delito de “sedición”
del artículo 230, que se comete cuando “una fuerza armada” o “reunión de
personas” peticiona a nombre del Pueblo.
Siempre se entendió que cuando se trata de una reunión de personas debe
haber por lo menos una amenaza de violencia, es decir, un peligro
análogo al de una “fuerza armada”, porque de lo contrario deberían ser
procesados todos los políticos que en sus mítines de campaña
invariablemente hablan en nombre del Pueblo.
Se pretende agravarlo porque hay niños, aplicando el artículo 41 del
código, que agrava la pena de quien se vale de un menor para cometer un
delito, pensado en general para el robo. De este modo, un signo de “no
violencia” lo convierten en una agravante.
4) Como se considera que todo esto es delito y Milagro no cesa de apoyar
la protesta pública, se la considera incursa en “instigación pública a
cometer delitos” (art. 209 del código), o sea, en definitiva, sería una
instigación pública a cometer “no delitos”.
5) Cuando todo esto se viene abajo y se la excarcela, se le imputa de
inmediato “administración fraudulenta” (art. 173 inc. 7º) y de este modo
sigue presa, pero como ese delito tiene una pena máxima de seis años,
es excarcelable (creo que casi nadie sufre prisión preventiva por este
delito en el país).
Para evitar la excarcelación por el nuevo “delito”, se le imputa “asociación ilícita” (artículo 210 del código).
La asociación ilícita se consuma si tres o más personas, aunque sea en
una noche de borrachera, se ponen de acuerdo para cometer “delitos”, sin
que luego hagan nada. Obviamente, esto, interpretado literalmente, es
inconstitucional, al menos en delitos que no sean de genocidio,
terrorismo o algo parecido.
Es sólo un acuerdo y está muy lejos del primer acto de tentativa de
cualquier delito. Además, con la interpretación literal, la pena es
irracional: el simple acuerdo para cometer hurtos en tiendas (pena de un
mes a dos años del delito consumado) tiene una pena de hasta diez años,
aun cuando ni se intente ningún delito de hurto.
Todos sabemos que el art. 210 (asociación ilícita) no es más que un
instrumento que sirve para que en la instrucción se niegue la
excarcelación, aunque luego no se llegue a ninguna condena.
En nuestro código originario de 1921 tenía una pena muy leve, pero en
1974, con motivo de la violencia política, se la aumentó y eso quedó y
hasta se empeoró.
Además, como si todo esto fuera poco, no es posible negar que la
genealogía de la asociación ilícita se remonta a los tiempos en que la
huelga era delito, como instrumento de represión contra los sindicatos.
No decimos nada nuevo con esto, por cierto. Sólo recapitulamos la lógica
retorcida, antijurídica y republicanamente inconstitucional con que se
maneja este verdadero secuestro legalizado.
Si Milagro fue o no prolija en el manejo de fondos y eso quiere
investigarse, que se lo haga, pero legal y constitucionalmente, en un
proceso con jueces imparciales y no con parientes y correligionarios y,
mientras tanto, que se la excarcele, como se hace con todos los
procesados por ese delito.
Este festival de bochornosas aberraciones penales, de inventos
pseudojurídicos sin mucha imaginación –por cierto–, es escandaloso.
A todo lo anterior, no es posible omitir algo que llama la atención:
Milagro es diputada regional y, por ende, tiene fueros que no impiden el
procesamiento, pero sí la detención.
No es cierto que esos fueros son “inconstitucionales” porque no se
pueden crear por ley, dado que en este caso no están creados por ley
sino por un tratado internacional que compromete al Estado Argentino.
Como aun en medio de los trances más dramáticos no podemos caer en la
tristeza ni perder el humor, me permito reprocharme como profesor de
derecho, que he reprobado a muy pocos alumnos. También, ya que estamos y
de paso, me permitiría sugerir a los jueces “creativos” que exploren
otras posibilidades: quizá pueda pensarse que toda reunión de personas
es contaminante y apelar a alguna figura de protección del medio
ambiente. Pero por las dudas les advierto que no existe ninguna figura
de “aborto calificado por escalamiento”.
lunes, 1 de febrero de 2016
ARANGUREN. LA EXCELENCIA, 12 AÑOS ATRÁS
El monumental aumento de las tarifas eléctricas
domiciliarias en el Gran Buenos Aires es un anticipo de lo que espera a
Argentina en el futuro. El pueblo a veces se equivoca.
Sobre la excelencia a
la que se refirió ayer el actual ministro de Energía y Minería, Juan José Aranguren
relataré algunos hechos, entre personales y políticos,
capaces de ponerle un marco más o menos completo al tarifazo anunciado.
Aranguren puede dar múltiples falsos argumentos que sólo convencerían
a un incauto.
Doce o trece años atrás tenía mi domicilio en Pavón al 3000,
entre Urguiza y La Rioja,en el barrio de San Cristóbal.
En aquellos tiempos veía con creciente interés
que una cuadrilla de Edesur iba rompiendo las veredas haciendo pozos de unos
2,50 metros de longitud y descubriendo un tramo de un viejo cable oscuro; a
continuación le empatillaban un nuevo cable de color celeste. Luego cubrían con
tierra, reponían las baldosas rotas y se retiraban. Al día siguiente repetían
la operación en otro tramo de la vereda. Y así, hasta completar toda la cuadra
con un cable nuevo.
Pasaron unos días.
De pronto, una tardecita, toda la instalación eléctrica de
mi casa (y las de todas las viviendas de la cuadra) estalló.
Las lamparitas encendidas se convirtieron en luminarias:
algunas explotaron.
Ya no había computadora, televisor, heladera, radio. Todos
los aparatos eléctricos conectados a un cable se habían quemado, estuvieran en
uso o no. Como se sabe, los artefactos eléctricos consumen electricidad incluso
cuando están en la modalidad de espera
Tras el subsiguiente apagón, los vecinos de la cuadra
salimos a la calle y no tardamos en entender: en algún lugar del reparado nuevo
cable habían entrado en cortocircuito los dos polos positivos, llevando el
doble (entre 380 y 440 volts) de electricidad para el que estaba preparado el
sistema eléctrico: 220/230.
La responsable de la
excelencia en la prestación era Edesur, en la época en que Aranguren, ex CEO
de una multinacional anglo-holandesa, reivindica.
No había sido un lamentable e imprevisto accidente.
Era la consecuencia del abandono de una empresa que no había
invertido un peso en muchos años.
De inmediato, los vecinos reclamamos a la prestadora, que primero
negó toda responsabilidad, luego nos ofreció un resarcimiento con la condición
de que les presentáramos tres presupuestos por cada reparación.
Imagínense.
Pasados largos días y semanas al fin los tuvimos, no sin
superar numerosas dificultades.
Hagámosla corta. No recuerdo los valores, pero estimo que
estos presupuestos totalizaban unos 150.000 pesos. Nos acercamos al edificio
San José, sede de Edesur, y luego de una larga cola, ingresamos al despacho de
un ejecutivo que nos ofreció la mitad de
lo que representaba el presupuesto más económico. Inútil protestar. Si
firmábamos bajo protesta, no nos daban el dinero. Si nos negábamos, había que
llevar el asunto a la justicia con un final largo e incierto. En una verdadera actitud mafiosa, tampoco nos
dieron un comprobante de pago. A esta excelencia se refiere Aranguren.
Años después pude conocer más sobre la propia historia de
Edesur, que convertí en una investigación periodística y con el correr del tiempo
como colaborador en una presentación judicial donde el Estado Nacional acusaba
a José Alfredo Martínez de Hoz, Roberto y Juan Aleman, Guillermo W. Klein y
otros por la estatización fraudulenta de la Compañía Ítalo de Electricidad,
nombre anterior de Edesur.
En el curso de esa estatización había desaparecido un
funcionario medio del ministerio de Economía, por lo que posteriormente fue
condenado el represor Héctor Vergez a 24 años de prisión en una causa anexa
donde se investigó también la desaparición de otras tres personas y que incluia
una reducción a esclavitud sexual y otros aspectos escalofriantes.
Los detalles los he relatado in extenso en post anteriores. Esta excelencia y esas condenas
forman parte del curro de los derechos
humanos a los que alude Macri en una pasmosa síntesis de pensamiento.
La Ítalo, luego Edesur (hoy pertenece al grupo Midlin) había
sido propiedad de la suiza Motor Columbus, controlada por la Unión de Bancos
Suizos, y prestado servicio eléctrico desde la primera década del siglo XX. En
esa larga historia hubo sonados casos de corrupción privada y pública.
El edificio San José sigue siendo la sede central de Edesur,
y la generadora de electricidad es hoy la señorial Usina del Arte.
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