Me llega esta información del estudio Barbagallo y Asociados:
El juez federal Sergio Torres, interinamente a cargo del Juzgado 9, investiga al juez de la Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, José Luis Monti, ante el hallazgo de una cuenta en Suiza a su nombre, y de sus hijos, por un millón y medio de dólares (U$S 1.500.000). Monti está denunciado por los delitos de enriquecimiento ilícito y omisión de declarar los fondos en sus declaraciones juradas. Los posibles vínculos de esos fondos con la extravagante actuación del juez en varios casos multimillonarios.
El Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N. 9, interinamente a cargo del juez Sergio Torres, lleva adelante la causa penal N. 8321 contra José Luis Monti, integrante de la Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial.
La denuncia se generó como una ramificación de la causa tramitada por el juez federal Bonadío, donde se investigan operaciones de fuga de capitales al exterior a través de una cueva financiera que funcionaba en el BNP Paribas ubicado en el piso 27 de Leandro N. Alem 855. La nueva denuncia penal contra Monti se basa en el hallazgo de una cuenta 521337 en el ING Bank en Suiza a su nombre del camarista, y el de sus hijos, por la suma de un millón y medio de dólares (U$S 1.500.000), sobre la que informó Clarín el jueves pasado.
El fiscal Sandro Abraldes, subrogante en la Fiscalía de Instrucción N° 49, involucró a Monti junto a otra decena de funcionarios y 37 particulares acusados por lavado de dinero. Los montos transferidos al exterior por ese circuito financiero marginal alcanzarían la cifra de 250 millones de dólares. Sin embargo, los archivos incautados darían cuenta de que al mes de marzo de 2007 el monto total podría trepar a la suma de 905 millones de dólares en inversiones transferidas a Suiza, Luxemburgo, Miami, Panamá y Bahamas, informó la periodista Luciana Geuna.
El fiscal Abraldes detectó en los listados de la cueva financiera la presencia de funcionarios y magistrados. Luego de cotejar esos importes con sus declaraciones juradas y de comprobar que no figuraban incluidos, los denunció a la justicia federal. Entre los acusados se encuentra el ex vicecanciller García Moritán; el ex secretario de Planeamiento del Ministerio de Defensa José Antonio Romero; una ex contadora del Cuerpo de Peritos oficiales de la Corte Suprema; y el juez de la Cámara Comercial José Luis Monti junto con su esposa, la secretaria letrada de la Corte Suprema María del Carmen Foltyn.
La denuncia contra Monti y su mujer resultó radicada ante el juzgado federal N. 9, quien lleva adelante la investigación sobre el origen de los U$S 1.500.000 para determinar si serían el resultado de un enriquecimiento ilícito obtenido a través del ejercicio de sus funciones, además del ocultamiento de ese dato en sus declaraciones juradas.
El fiscal federal Guillermo Marijuan contestó la vista del artículo 180 CPP formulando el correspondiente requerimiento de instrucción para que se investigue la conducta del juez de la Cámara Comercial.
MyT había anticipado, en reiteradas notas, la conducta extravagante del juez Monti en una serie de causas que motivaron denuncias ante el Consejo de la Magistratura desde las más altas esferas del Ministerio Público.
Hacia fines del año pasado, el Procurador General de la Nación, Esteban Righi –a pedido de la Fiscal General de la Cámara Alejandra Gils Carbó- remitió tres denuncias al Consejo de la Magistratura para que investigue al juez José Luis Monti y a sus colegas de la Sala C, Alfredo Kolliker Frers y Juan R. Garibotto. Estos tres jueces habían dictado sentencia omitiendo el dictamen de la fiscalía de cámara –que establece la ley de concursos-, y fijándole plazos mínimos de 5 o 10 días para dictaminar, en tres expedientes de gran complejidad donde se ventilaban intereses multimillonarios que requerían la mayor transparencia. El Ministerio Público se avoca a estudiar la posible vinculación entre los fondos hallados y la conducta extravagante del juez en esos casos.
Monti y los grandes holdings
De los tres casos antes mencionados, Papel Prensa es el que más atención ha recibido. Allí Monti, junto a los jueces Garibotto y Kolliker Frers, no sólo revocó la intervención judicial que el juez Eduardo Malde había dispuesto para un mejor control de la empresa sin dar vista a la fiscalía, sino que llegó al extremo de tildar a la fiscal general de poseer ideas afines al Tercer Reich Alemán por haber atribuido al Estado facultades supraestatutarias y supralegales, obviando lo más evidente del asunto: el Estado no dispuso ninguna intervención sino que acudió a la justicia pidiendo la medida en defensa de sus derechos como accionista.
En el mismo caso, los mencionados jueces de cámara resolvieron –contra todos sus precedentes anteriores- que la Comisión Nacional de Valores no tiene la facultad legal de declarar ineficaces e irregulares los actos sometidos a su supervisión, pese a que hay una norma expresa que así lo determina y la propia cámara legitimó es facultad reiteradamente. Luego de que la fiscalía interpusiera recursos extraordinarios en este caso, los jueces comenzaron a retacear su intervención bajo el argumento de que las denuncias realizadas por el socio estatal contra la fábrica que provee de papel al 95% de los medios gráficos en la argentina son intereses privados ajenos al interés general que vigila la fiscalía.
MyT también destacó el insólito accionar del juez Monti en la causa iniciada por la ANSES contra Transportadora Gas del Norte, donde el organismo planteó la nulidad del Acuerdo Preventivo Extrajudicial celebrado por la compañía por 347 millones de dólares. Allí, los jueces Monti y Kolliker Frers se habían negado a remitir el expediente a la Fiscalía General -aunque es parte en la homologación de acuerdos preventivos- según la ley de concursos. Pese a la insistencia de la fiscal y la ANSES que habían detectado la insólita omisión de dar vista a la fiscalía, Monti y Kolliker Frers dictaron sentencia omitiendo el dictamen fiscal obligatorio en los concursos.
Luego, los jueces tampoco quisieron remitir el expediente a la fiscalía para notificar el fallo, en cambio, enviaron un oficio haciendo saber la negativa a darle intervención y aclarando que los plazos para recurrir a la Corte le corrían igual al Ministerio Público, sin tener el expediente a la vista.
Recién dos días antes de que venza el plazo, la fiscal Gils Carbó logró que la Sala C remitiera el expediente pidiéndolo “ad effectum videndi” desde otra causa. En esa oportunidad, cuando llegó el expediente a la fiscalía, aparecieron tres abogados, dos de la ANSES y otro de varios acreedores de Transportadora Gas del Norte - empresa controlada por Techint - clamando desesperadamente al personal de la fiscalía que les permitieran ver el expediente, porque la Sala C también les había negado revisar la causa mientras les corría el plazo para el extraordinario.
El tercer gran caso que puso a Monti en la mira fue el concurso preventivo de Sociedad Comercial del Plata, del Grupo Soldati. En ese entonces Monti, juez subrogante en la Sala D, homologó junto a María Lilia Díaz Cordero y Felipe Cuartero un concordato que representaba el pago de un 6% del valor real de los créditos verificados. Los principales perjudicados eran los titulares de obligaciones negociables por la suma de 258 millones dólares que habían invertido sus ahorros en la holding de una compañía petrolera y el Tren de la Costa. El pasivo total rondaba los 900 millones de dólares.
En pleno trámite del concurso la Sala integrada por Monti, autorizó la venta del principal activo concursal, esto es, el 81% de la compañía petrolera Compañía General de Combustibles, con 16 yacimientos, por la absurda suma de 23 millones de dólares, a favor de un ex directivo de la compañía, Norberto Morita, en una época donde el precio internacional del petróleo se había disparado a records históricos. Para obtener las mayorías que exigía la ley, Comercial del Plata había recurrido al voto de compañías offshore que compraron los créditos de los principales bancos acreedores.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló el fallo homologatorio de la Cámara en durísimos términos y advirtió a los jueces que debían resguardar la transparencia y la captación “de buena” fe de los votos en los acuerdos.
Monti y las off-shore
Bajo otro perfil, el juez Monti se ha desempeñado como defensor del sistema de sociedades offshore, lo que le trajo aparejado la anulación de más de un fallo por la Corte. En el caso “Compañía General de Negocios s/ pedido de quiebra por Mihanovich”, un ahorrista pretendía llevar a la quiebra a una “cueva” tomadora de ahorros de los argentinos que fugaba capitales al exterior. El juez Monti falló a favor de la cueva instalada en el Banco General de Negocios.
Compañía General de Negocios era una entidad financiera uruguaya offshore que, en virtud de ese sistema de fraude a las leyes, tenía prohibido ejercer actos de comercio en el Uruguay y sólo podía operar en el exterior. Así había actuado en la Argentina como financiera sin autorización del Banco Central. Los directivos de la entidad se encontraban procesados por asociación ilícita y fraude ante la justicia nacional y había importantes créditos a cobrar en la Argentina que los depositantes argentinos estafados pretendían embargar a través de un pedido de quiebra local.
Monti juzgó que la justicia argentina era incompetente para decretar su quiebra y proceder al embargo porque el domicilio social inscripto estaba en el Uruguay. Vale decir, una financiera trucha que operó ilícitamente en Argentina y no había actuado en Uruguay, según Monti, debía de ser juzgada en otro país donde no realizó ninguna otra actividad, salvo obtener la de obtener la creación de una sociedad pantalla para defraudar ahorristas argentinos.
La Corte revocó el fallo haciendo aplicación del artículo 124 de la Ley de Sociedades, el cual dispone que una sociedad extranjera que cumple su objeto social exclusivamente en el país debe ser considerada local a todos los efectos legales. Una norma pasada al olvido por académicos y jueces corporativos que defienden el sistema offshore de impunidad. Al conocer la noticia, el juez Monti sintió herido su orgullo y envió a sus amigos su sentencia anulada queriendo demostrar que contaba con sólidos fundamentos.
Nuevamente, el favoritismo del Monti por el sistema offshore se puso en evidencia en el concurso preventivo de un acaudalado administrador de participaciones accionarias en laboratorios, Manuel Vilar, residente en un lujoso country, propietario de obras de arte que adornaban su mansión y procesado tres veces por no pagar alimentos a su hija desde 2002.
Vilar se presentó en concurso preventivo invocando una deuda contraída con una sociedad uruguaya offshore, Fimelux Internacional, por la suma de 750 mil dólares. El resto de los acreedores eran su ex mujer, su hija, y sus abogados en los juicios civiles reclamando el pago de alimentos. Con el voto de la sociedad offshore se aprobó un concordato que transformaba en migajas el crédito de la ex mujer y la hija. Éstas venían de litigar durante ocho años en el fuero civil para que les reconozcan sus derechos, cuando Vilar –con la ayuda del juez Monti- logró detener la subasta ordenada en sede civil de una de sus obras de arte, de Fader, valuada en 125 mil dólares.
La Fiscal de Cámara pidió la nulidad del proceso destacando que el propio síndico decía que el concursado no estaba en cesación de pagos y denunciando la falsedad del crédito de la sociedad offshore, que ya había sido declarada rebelde en el juicio de simulación promovido por las víctimas.
Sin embargo, el juez Monti llamó a una audiencia de conciliación donde intentó convencer a la ex mujer que resigne parte de su reclamo, pese a que el concursado y el representante de la sociedad uruguaya no habían concurrido a la audiencia. En la audiencia –dijo una fuente allí presente- llamó la atención el empeño de Monti por ayudar al concursado ausente en el acto. La ex mujer y la hija recusaron a Monti y lo denunciaron al Consejo de la Magistratura. El Consejo rechazó la denuncia, a la brevedad, sin interesarse en lo ocurrido en el expediente. Sus pares hicieron lo mismo con la recusación.
Pasado más de un año, la Sala C integrada por Monti dictó “una medida para mejor proveer” para que el síndico diga si la ex mujer o su hija habían cobrado cuotas concordatarias. En cambio, la Sala no ordenó ninguna de las pruebas solicitadas por la fiscalía para probar que el crédito de la sociedad uruguaya era falso.
Ante la evidente inminencia de un fallo en contra, la Fiscal Gils Carbó denunció los hechos al Instituto Nacional contra la Discriminación y Xenofobia (INADI) por violencia económica, patrimonial e institucional contra la ex mujer de Vilar y su hija. El INADI se presentó en el expediente, ante lo cual, finalmente, luego de dos años de acaparar la causa en cámara, la Sala de Monti dictó sentencia excluyendo el crédito de la ex mujer y la hija del concurso.
Fuentes judiciales calificaron el fallo como un malabarismo insólito destinado a apaciguar al INADI, pero sin admitir ninguna imputación de fraude concursal que permitiera echar alguna luz sobre las prácticas concursales abusivas que supieron proliferar en el fuero comercial al amparo de algunos jueces.
La denuncia se generó como una ramificación de la causa tramitada por el juez federal Bonadío, donde se investigan operaciones de fuga de capitales al exterior a través de una cueva financiera que funcionaba en el BNP Paribas ubicado en el piso 27 de Leandro N. Alem 855. La nueva denuncia penal contra Monti se basa en el hallazgo de una cuenta 521337 en el ING Bank en Suiza a su nombre del camarista, y el de sus hijos, por la suma de un millón y medio de dólares (U$S 1.500.000), sobre la que informó Clarín el jueves pasado.
El fiscal Sandro Abraldes, subrogante en la Fiscalía de Instrucción N° 49, involucró a Monti junto a otra decena de funcionarios y 37 particulares acusados por lavado de dinero. Los montos transferidos al exterior por ese circuito financiero marginal alcanzarían la cifra de 250 millones de dólares. Sin embargo, los archivos incautados darían cuenta de que al mes de marzo de 2007 el monto total podría trepar a la suma de 905 millones de dólares en inversiones transferidas a Suiza, Luxemburgo, Miami, Panamá y Bahamas, informó la periodista Luciana Geuna.
El fiscal Abraldes detectó en los listados de la cueva financiera la presencia de funcionarios y magistrados. Luego de cotejar esos importes con sus declaraciones juradas y de comprobar que no figuraban incluidos, los denunció a la justicia federal. Entre los acusados se encuentra el ex vicecanciller García Moritán; el ex secretario de Planeamiento del Ministerio de Defensa José Antonio Romero; una ex contadora del Cuerpo de Peritos oficiales de la Corte Suprema; y el juez de la Cámara Comercial José Luis Monti junto con su esposa, la secretaria letrada de la Corte Suprema María del Carmen Foltyn.
La denuncia contra Monti y su mujer resultó radicada ante el juzgado federal N. 9, quien lleva adelante la investigación sobre el origen de los U$S 1.500.000 para determinar si serían el resultado de un enriquecimiento ilícito obtenido a través del ejercicio de sus funciones, además del ocultamiento de ese dato en sus declaraciones juradas.
El fiscal federal Guillermo Marijuan contestó la vista del artículo 180 CPP formulando el correspondiente requerimiento de instrucción para que se investigue la conducta del juez de la Cámara Comercial.
MyT había anticipado, en reiteradas notas, la conducta extravagante del juez Monti en una serie de causas que motivaron denuncias ante el Consejo de la Magistratura desde las más altas esferas del Ministerio Público.
Hacia fines del año pasado, el Procurador General de la Nación, Esteban Righi –a pedido de la Fiscal General de la Cámara Alejandra Gils Carbó- remitió tres denuncias al Consejo de la Magistratura para que investigue al juez José Luis Monti y a sus colegas de la Sala C, Alfredo Kolliker Frers y Juan R. Garibotto. Estos tres jueces habían dictado sentencia omitiendo el dictamen de la fiscalía de cámara –que establece la ley de concursos-, y fijándole plazos mínimos de 5 o 10 días para dictaminar, en tres expedientes de gran complejidad donde se ventilaban intereses multimillonarios que requerían la mayor transparencia. El Ministerio Público se avoca a estudiar la posible vinculación entre los fondos hallados y la conducta extravagante del juez en esos casos.
Monti y los grandes holdings
De los tres casos antes mencionados, Papel Prensa es el que más atención ha recibido. Allí Monti, junto a los jueces Garibotto y Kolliker Frers, no sólo revocó la intervención judicial que el juez Eduardo Malde había dispuesto para un mejor control de la empresa sin dar vista a la fiscalía, sino que llegó al extremo de tildar a la fiscal general de poseer ideas afines al Tercer Reich Alemán por haber atribuido al Estado facultades supraestatutarias y supralegales, obviando lo más evidente del asunto: el Estado no dispuso ninguna intervención sino que acudió a la justicia pidiendo la medida en defensa de sus derechos como accionista.
En el mismo caso, los mencionados jueces de cámara resolvieron –contra todos sus precedentes anteriores- que la Comisión Nacional de Valores no tiene la facultad legal de declarar ineficaces e irregulares los actos sometidos a su supervisión, pese a que hay una norma expresa que así lo determina y la propia cámara legitimó es facultad reiteradamente. Luego de que la fiscalía interpusiera recursos extraordinarios en este caso, los jueces comenzaron a retacear su intervención bajo el argumento de que las denuncias realizadas por el socio estatal contra la fábrica que provee de papel al 95% de los medios gráficos en la argentina son intereses privados ajenos al interés general que vigila la fiscalía.
MyT también destacó el insólito accionar del juez Monti en la causa iniciada por la ANSES contra Transportadora Gas del Norte, donde el organismo planteó la nulidad del Acuerdo Preventivo Extrajudicial celebrado por la compañía por 347 millones de dólares. Allí, los jueces Monti y Kolliker Frers se habían negado a remitir el expediente a la Fiscalía General -aunque es parte en la homologación de acuerdos preventivos- según la ley de concursos. Pese a la insistencia de la fiscal y la ANSES que habían detectado la insólita omisión de dar vista a la fiscalía, Monti y Kolliker Frers dictaron sentencia omitiendo el dictamen fiscal obligatorio en los concursos.
Luego, los jueces tampoco quisieron remitir el expediente a la fiscalía para notificar el fallo, en cambio, enviaron un oficio haciendo saber la negativa a darle intervención y aclarando que los plazos para recurrir a la Corte le corrían igual al Ministerio Público, sin tener el expediente a la vista.
Recién dos días antes de que venza el plazo, la fiscal Gils Carbó logró que la Sala C remitiera el expediente pidiéndolo “ad effectum videndi” desde otra causa. En esa oportunidad, cuando llegó el expediente a la fiscalía, aparecieron tres abogados, dos de la ANSES y otro de varios acreedores de Transportadora Gas del Norte - empresa controlada por Techint - clamando desesperadamente al personal de la fiscalía que les permitieran ver el expediente, porque la Sala C también les había negado revisar la causa mientras les corría el plazo para el extraordinario.
El tercer gran caso que puso a Monti en la mira fue el concurso preventivo de Sociedad Comercial del Plata, del Grupo Soldati. En ese entonces Monti, juez subrogante en la Sala D, homologó junto a María Lilia Díaz Cordero y Felipe Cuartero un concordato que representaba el pago de un 6% del valor real de los créditos verificados. Los principales perjudicados eran los titulares de obligaciones negociables por la suma de 258 millones dólares que habían invertido sus ahorros en la holding de una compañía petrolera y el Tren de la Costa. El pasivo total rondaba los 900 millones de dólares.
En pleno trámite del concurso la Sala integrada por Monti, autorizó la venta del principal activo concursal, esto es, el 81% de la compañía petrolera Compañía General de Combustibles, con 16 yacimientos, por la absurda suma de 23 millones de dólares, a favor de un ex directivo de la compañía, Norberto Morita, en una época donde el precio internacional del petróleo se había disparado a records históricos. Para obtener las mayorías que exigía la ley, Comercial del Plata había recurrido al voto de compañías offshore que compraron los créditos de los principales bancos acreedores.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló el fallo homologatorio de la Cámara en durísimos términos y advirtió a los jueces que debían resguardar la transparencia y la captación “de buena” fe de los votos en los acuerdos.
Monti y las off-shore
Bajo otro perfil, el juez Monti se ha desempeñado como defensor del sistema de sociedades offshore, lo que le trajo aparejado la anulación de más de un fallo por la Corte. En el caso “Compañía General de Negocios s/ pedido de quiebra por Mihanovich”, un ahorrista pretendía llevar a la quiebra a una “cueva” tomadora de ahorros de los argentinos que fugaba capitales al exterior. El juez Monti falló a favor de la cueva instalada en el Banco General de Negocios.
Compañía General de Negocios era una entidad financiera uruguaya offshore que, en virtud de ese sistema de fraude a las leyes, tenía prohibido ejercer actos de comercio en el Uruguay y sólo podía operar en el exterior. Así había actuado en la Argentina como financiera sin autorización del Banco Central. Los directivos de la entidad se encontraban procesados por asociación ilícita y fraude ante la justicia nacional y había importantes créditos a cobrar en la Argentina que los depositantes argentinos estafados pretendían embargar a través de un pedido de quiebra local.
Monti juzgó que la justicia argentina era incompetente para decretar su quiebra y proceder al embargo porque el domicilio social inscripto estaba en el Uruguay. Vale decir, una financiera trucha que operó ilícitamente en Argentina y no había actuado en Uruguay, según Monti, debía de ser juzgada en otro país donde no realizó ninguna otra actividad, salvo obtener la de obtener la creación de una sociedad pantalla para defraudar ahorristas argentinos.
La Corte revocó el fallo haciendo aplicación del artículo 124 de la Ley de Sociedades, el cual dispone que una sociedad extranjera que cumple su objeto social exclusivamente en el país debe ser considerada local a todos los efectos legales. Una norma pasada al olvido por académicos y jueces corporativos que defienden el sistema offshore de impunidad. Al conocer la noticia, el juez Monti sintió herido su orgullo y envió a sus amigos su sentencia anulada queriendo demostrar que contaba con sólidos fundamentos.
Nuevamente, el favoritismo del Monti por el sistema offshore se puso en evidencia en el concurso preventivo de un acaudalado administrador de participaciones accionarias en laboratorios, Manuel Vilar, residente en un lujoso country, propietario de obras de arte que adornaban su mansión y procesado tres veces por no pagar alimentos a su hija desde 2002.
Vilar se presentó en concurso preventivo invocando una deuda contraída con una sociedad uruguaya offshore, Fimelux Internacional, por la suma de 750 mil dólares. El resto de los acreedores eran su ex mujer, su hija, y sus abogados en los juicios civiles reclamando el pago de alimentos. Con el voto de la sociedad offshore se aprobó un concordato que transformaba en migajas el crédito de la ex mujer y la hija. Éstas venían de litigar durante ocho años en el fuero civil para que les reconozcan sus derechos, cuando Vilar –con la ayuda del juez Monti- logró detener la subasta ordenada en sede civil de una de sus obras de arte, de Fader, valuada en 125 mil dólares.
La Fiscal de Cámara pidió la nulidad del proceso destacando que el propio síndico decía que el concursado no estaba en cesación de pagos y denunciando la falsedad del crédito de la sociedad offshore, que ya había sido declarada rebelde en el juicio de simulación promovido por las víctimas.
Sin embargo, el juez Monti llamó a una audiencia de conciliación donde intentó convencer a la ex mujer que resigne parte de su reclamo, pese a que el concursado y el representante de la sociedad uruguaya no habían concurrido a la audiencia. En la audiencia –dijo una fuente allí presente- llamó la atención el empeño de Monti por ayudar al concursado ausente en el acto. La ex mujer y la hija recusaron a Monti y lo denunciaron al Consejo de la Magistratura. El Consejo rechazó la denuncia, a la brevedad, sin interesarse en lo ocurrido en el expediente. Sus pares hicieron lo mismo con la recusación.
Pasado más de un año, la Sala C integrada por Monti dictó “una medida para mejor proveer” para que el síndico diga si la ex mujer o su hija habían cobrado cuotas concordatarias. En cambio, la Sala no ordenó ninguna de las pruebas solicitadas por la fiscalía para probar que el crédito de la sociedad uruguaya era falso.
Ante la evidente inminencia de un fallo en contra, la Fiscal Gils Carbó denunció los hechos al Instituto Nacional contra la Discriminación y Xenofobia (INADI) por violencia económica, patrimonial e institucional contra la ex mujer de Vilar y su hija. El INADI se presentó en el expediente, ante lo cual, finalmente, luego de dos años de acaparar la causa en cámara, la Sala de Monti dictó sentencia excluyendo el crédito de la ex mujer y la hija del concurso.
Fuentes judiciales calificaron el fallo como un malabarismo insólito destinado a apaciguar al INADI, pero sin admitir ninguna imputación de fraude concursal que permitiera echar alguna luz sobre las prácticas concursales abusivas que supieron proliferar en el fuero comercial al amparo de algunos jueces.
6 comentarios:
Bastante denso.Mas tarde y con tiempo voy a ver si lo digiero.
¡Ja! Trovatto era un monaguillo al lado de Monti.
¿Ningún legislador se hizo eco de la andanzas de esta lacra?
Trovato invirtió en gastronomía y este depositó en Suiza.
Medio tendencioso el articulo, lo unico que te falta decir es que este gobierno es honesto y busca la justicia, y me cago de risa.
Moderas los comentarios de un blog pedorro!!!
anda a cagar
El blog no es medio pedorro sino totalmente pedorro, modero los comentarios y además este gobierno es honesto y busca la justicia, si eso quiere decir algo para vos
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